En un mes entrarán en vigencia Las prohibiciones de la venta al menudeo de cigarrillos y la prohibición total de campañas publicitarias, promociones y patrocinios sobre consumo de tabaco y sus derivados, según lo estipulado por la denominada Ley Antitabaco.La Ley que en Colombia obliga a contar con lugares libres de humo es la 1335 del 21 de julio de 2009, por medio de las cual se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana.
La Ley aprueba el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud – OMS para el Control del Tabaco, suscrito el 21 de mayo de 2003 en la 56a Asamblea Mundial de la Salud, acogido unánimemente por los 192 estados miembros de la OMS. La adecuación y acondicionamiento normativo del Convenio Marco contra el Tabaco ha desatado numerosas polémicas por la activa y funesta labor de penetración social, cultural y deportiva ejercida por las multinacionales del tabaco, permeando y seduciendo todas las instancias del poder institucional, para frustrar reiteradamente la adopción de normas y programas anti-tabaco, intentando reversar los logros alcanzados.
¿POR QUÉ LUGARES LIBRES DE HUMO?
Porque si hay quienes fuman a su alrededor, o sea si usted tiene contacto con el humo del cigarrillo, usted es un fumador pasivo y la incidencia de ese humo afecta su salud de la misma forma que al fumador directo.
Los fumadores pasivos también se mueren por causa del humo del cigarrillo. En el hogar y en el entorno laboral el humo del cigarrillo debe estar prohibido.
La exposición al humo de segunda mano (fumadores pasivos) durante la infancia y la adolescencia incrementa, de manera absoluta, el riesgo de cáncer. Los no fumadores, que padecen el infortunio de vivir con un fumador irresponsable, tienen una probabilidad 25% más alta de contraer cáncer pulmonar que aquellos que conviven con parejas no fumadoras.
¡NO HAY UNA DOSIS INOCUA O INOFENSIVA!
Si usted vive con alguien que consume una cajetilla diaria es como si fumara también nueve cigarrillos.
El humo de tabaco de segunda mano es una amenaza real y considerable para la salud pública. Los niños corren riesgos particulares. La exposición de los niños al humo de tabaco puede causar afecciones respiratorias, enfermedades del oído medio, ataques de asma y síndrome de muerte súbita del recién nacido.
¿HASTA DÓNDE DEBEN LLEGAR LOS LUGARES LIBRES DE HUMO?
Seamos claros. Sin hacerle esguinces creativos a la Ley, se debe prohibir de manera absoluta y terminante el consumo de cigarrillo en espacios cerrados (cines, teatros, cafés, bares, discotecas, restaurantes, fuentes de soda, bancos, centros comerciales, aeropuertos, oficinas, colegios, universidades, etc.), o en espacios abiertos en los que por su alta concentración de visitantes deba, igualmente, vetarse su consumo (parques, plazas de toros, estadios y otros establecimientos deportivos).
No se trata de buscar salidas a la ley o de ignorarla, se trata de divulgarla, defenderla y cuidarla. Sin dejarse engañar con propuestas que pretenden hacer esguinces a la norma como las áreas de fumadores, terrazas de fumadores, etc. La ley es clara y esas iniciativas son inaceptables.
¿POR QUÉ LUCHAR CONTRA EL CIGARRILO?
El tabaquismo, o el consumo habitual de tabaco, no es simplemente un hábito nocivo, sino que se define como una enfermedad potencialmente letal, debida al enorme compromiso generado por afectación multisistémica.
Junto a la hipertensión arterial sistémica, la dislipidemia (altos grados de colesterol y triglicéridos, entre otros) y la diabetes, el tabaquismo configura el cuadro fatídico de los mayores factores de riesgo cardiovascular, eventualmente modificables.
El consumo rutinario de cigarrillo o tabaco en una persona portadora de uno o más factores de riesgo adicionales, multiplica de manera exponencial el riesgo relativo de padecer una catástrofe vascular.
El tabaquismo depende enteramente de la voluntad del consumidor. Por lo tanto es el único factor de riesgo 100% modificable. En el último año más de 5 millones de muertes fueron atribuidas a enfermedades directamente relacionadas con tabaquismo, liderando cáncer bronco-pulmonar, laringo-traqueal y de otras localizaciones (hepático, pancreático, colo-rectal, esófago-gástrico, vesical, cervical, etc.), cardiopatía isquémica, enfermedad vascular cerebral, carotídea y periférica (aórtica, iliofemoral y femoro-poplítea) y obstrucción crónica de la vía aérea.
El hábito de fumar multiplica por diez el riesgo relativo de desarrollar catástrofes vasculares; fumar duplica el riesgo de demencia y de enfermedad de Alzheimer, multiplica por ocho el riesgo relativo de desarrollar aneurismas de aorta abdominal, incrementa la aparición temprana de cataratas, enfermedad periodontal, envejecimiento prematuro, menopausia, osteoporosis, cicatrización retardada o defectuosa y artritis reumatoide.
Además se ha reportado disfunción eréctil e impotencia hasta en 40% de infelices fumadores. El uso de tabaco masticado incrementa en 50 veces los cánceres de la cavidad oral y otras lesiones de las encías.
En cuanto a las mujeres fumadoras, sufren una incidencia mayor de infertilidad primaria, dificultad para embarazarse, abortos espontáneos, partos prematuros y embarazos ectópicos. Las preñadas que continúan fumando durante su embarazo (lo hacen 20% en promedio) tienen una mayor tasa de retardo del crecimiento intrauterino con productos de bajo peso al nacer, prematuros o incluso mortinatos.
Para intervenir de manera exitosa este grave problema de salud pública, con características de endemia, igual de peligroso que el hambre y la violencia, se deben identificar los mecanismos responsables en la iniciación y consolidación del consumo, partiendo de lo obvio, como son los ambientes familiar, escolar, laboral y social de los afectados, teniendo en cuenta que existen, además, agentes de seducción predisponentes, generadores, disparadores, potenciadores y perpetuadores. Todos ellos confluyen y se confabulan para mantener un status de sometimiento y dependencia física y mental del toxico, para configurar una enfermedad adictiva.
OTRAS OBLIGACIONES DE LA LEY
Entre muchas otras medidas, que son parte integral de la Ley 1335 en Colombia, el tratado exige que se impongan restricciones a la publicidad, el patrocinio y la promoción del tabaco; que se adopte un nuevo envasado y etiquetado de los productos de tabaco; que se establezcan controles para velar por un aire limpio en ambientes interiores; y que se fortalezca la legislación para combatir enérgicamente el contrabando de tabaco.
Todas estas medidas entraron en vigencia en el 2009, pero se dio un plazo de dos años, que se cumplen en junio de 2011 para prohibir de manera definitiva la venta al menudeo de cigarrillos, así como la promoción, patrocinio y publidad de cualquier mensaje sobre tabaco y sus derivados.
El desafío para todos radica en aplicar el tratado y llevarlo a la práctica sobre el terreno. Se trata de implementar y desarrollar plenamente la Ley sin atajos y sin esguinces. Eso solo es posible con la voluntad de todos, estado y comunidades. Esto requiere del establecimiento de los fundamentos técnicos necesarios y la incorporación de las disposiciones del tratado en las leyes nacionales. La OMS está facilitando directrices y material para ayudar a los países a este respecto.
La Sociedad Colombiana de Cardiología y Cirugía Cardiovascular a través de la Fundación Colombiana del Corazón y del Comité de Prevención y Rehabilitación Cardiaca ha venido cumpliendo un papel de permanente protagonismo y liderazgo para que la implementación del tratado y de la Ley que lo rige sea integral y completa de manera que podamos luchar contra la tolerancia social hacia esta adicción, por la regulación sobre el comercio de tabaco y sobre la protección para no fumadores de manera que podamos reducir en el país la alta vulnerabilidad para la libre acción de las compañías tabacaleras, con la consecuente promoción del consumo de tabaco y el aumento en la proporción de fumadores.
Para la Fundación Colombiana del Corazón es claro que el objetivo principal de las diferentes acciones que se llevan a cabo para el control del tabaquismo es el de proteger a las generaciones presentes y futuras de las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, medio ambientales y económicas que se asocian al consumo de tabaco.
COMO CONCLUSIÓN
Todos debemos informarnos sobre la ley existente relacionada con los ambientes libres de humo para hacer parte del control social y educar a toda la población.