¿Cuál es la Ley promueve en Colombia los lugares libres de humo?
Se trata de la Ley 1335 del 21 de julio de 2009 por medio de la cual se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana.
¿Esta ley prohíbe la venta de tabaco a menores?
Sí. En el CAPITULO I sobre disposiciones sobre la venta de productos de tabaco a menores de edad no solo se prohíbe directamente la venta a menores de edad, sino que además se establece que con el objetivo de salvaguardar la salud pública y evitar el acceso de menores de edad al tabaco y sus derivados, prohíbase la fabricación e importación de cigarrillos en cajetillas o presentaciones que contengan menos de diez (10) unidades.
Un parágrafo que fue demandado y que la Corte Constitucional dejó luego en firme, estableció que a partir de los dos (2) años siguientes a la vigencia de la presente ley, quedaba prohibida la venta por unidad de productos de tabaco o sus derivados, o sea la venta al menudeo o por unidades. Esa norma está en vigencia desde julio de 2011.
La prohibición de la venta de cigarrillos al menudeo pretende influir en forma determinante en la conducta de quienes consumen o pretenden consumir tabaco. Es claro que para las personas de más bajos recursos es más fácil acceder a un cigarrillo que a una cajetilla, situación que se repite entre los jóvenes y adolescentes, quienes con pocos recursos acceden con mayor facilidad a la compra por unidades.
¿Además de esta Ley, Colombia tiene compromisos internacionales para combatir el tabaquismo?
El 21 de mayo de 2003 en la 56a Asamblea Mundial de la Salud, los 192 Estados Miembros de la OMS adoptaron por unanimidad el primer tratado mundial de salud pública, el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco. Negociado bajo el auspicio de la OMS, éste es el primer instrumento jurídico diseñado para reducir las muertes y enfermedades relacionadas con el tabaco en todo el mundo. Colombia adoptó y ratificó ese tratado mediante la Ley 1335 de 2009.
Entre muchas otras medidas, que son parte integral de la Ley 1335 en Colombia, el tratado exige que se impongan restricciones a la publicidad, el patrocinio y la promoción del tabaco; que se adopte un nuevo envasado y etiquetado de los productos de tabaco; que se establezcan controles para velar por un aire limpio en ambientes interiores; y que se fortalezca la legislación para combatir enérgicamente el contrabando de tabaco.
El desafío para todos radica en aplicar el tratado y llevarlo a la práctica sobre el terreno. Se trata de implementar y desarrollar plenamente la Ley sin atajos y sin esguinces. Eso solo es posible con la voluntad de todos, estado y comunidades. Esto requiere del establecimiento de los fundamentos técnicos necesarios y la incorporación de las disposiciones del tratado en las leyes nacionales. La OMS está facilitando directrices y material para ayudar a los países a este respecto.
La Sociedad Colombiana de Cardiología y Cirugía Cardiovascular a través de la Fundación Colombiana del Corazón ha venido cumpliendo un papel de permanente protagonismo y liderazgo para que la implementación del tratado y de la Ley que lo rige sea integral y completa de manera que podamos luchar contra la tolerancia social hacia esta adición, por la regulación sobre el comercio de tabaco y sobre la protección para no fumadores de manera que podamos reducir en el país la alta vulnerabilidad para la libre acción de las compañías tabacaleras, con la consecuente promoción del consumo de tabaco y el aumento en la proporción de fumadores.
Para la Fundación Colombiana del Corazón es claro que el objetivo principal de las diferentes acciones que se llevan a cabo para el control del tabaquismo es el de proteger a las generaciones presentes y futuras de las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, medio ambientales y económicas que se asocian al consumo de tabaco.